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Modelo 130. IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Directa. Pago fraccionado

¿Sabías que el Modelo 130 es uno de los trámites más comunes entre empresarios y profesionales autónomos? Si estás en Estimación Directa, es fundamental entender cómo y cuándo presentar este modelo para evitar problemas con la Agencia Tributaria. En este artículo, vamos a resolver todas tus dudas sobre el Modelo 130, IRPF, Empresarios y profesionales en Estimación Directa y el pago fraccionado. Sigue leyendo para conocer todos los detalles y saber qué pasos debes seguir.

¿Qué se paga en el modelo 130?

El Modelo 130 es un formulario que se presenta para realizar el pago fraccionado del IRPF. Si eres autónomo o un profesional que tributa en Estimación Directa, este modelo te obliga a hacer pagos periódicos a cuenta del IRPF anual.

En concreto, lo que se paga es un porcentaje de tus ingresos netos, es decir, lo que obtienes después de restar los gastos deducibles. El porcentaje que se paga es el 20% de la diferencia entre los ingresos y los gastos, aunque existen ciertos casos y deducciones que pueden modificar este porcentaje.

Este pago no es el impuesto final, sino un adelanto de lo que tendrás que pagar cuando realices la declaración anual del IRPF. De esta manera, puedes evitar tener que hacer un único pago muy alto al final del año. Además, es importante que sepas que el pago fraccionado se realiza cada trimestre.

¿Cómo fraccionar el pago del modelo 130?

Fraccionar el pago del Modelo 130 significa realizar pagos parciales a lo largo del año, para que no tengas que pagar todo de golpe al final. Estos pagos deben realizarse en los siguientes plazos:

  • 1er trimestre: entre el 1 y el 20 de abril.
  • 2º trimestre: entre el 1 y el 20 de julio.
  • 3er trimestre: entre el 1 y el 20 de octubre.
  • 4º trimestre: entre el 1 y el 30 de enero (del año siguiente).

Para cada uno de estos trimestres, deberás calcular el 20% de la diferencia entre tus ingresos y tus gastos, y presentar el Modelo 130 a través de la Agencia Tributaria (AEAT). Si no cumples con estas fechas, podrías enfrentarte a recargos o sanciones.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 130 AEAT?

Están obligados a presentar el Modelo 130 aquellos empresarios o profesionales que tributan en Estimación Directa, es decir, aquellos que no están acogidos a Estimación Objetiva (módulos). Esto incluye:

  • Autónomos que realicen actividades empresariales, profesionales o artísticas.
  • Empresarios o profesionales que no apliquen el régimen de estimación objetiva.

Es importante destacar que, aunque estés obligado a presentar el modelo, no todos los ingresos o actividades lo requieren. Existen algunas excepciones, que abordaremos a continuación.

¿Cómo saber si estoy obligado a presentar el modelo 130?

¿No estás seguro de si debes presentar el Modelo 130? No te preocupes, hay ciertos factores clave que te ayudarán a aclarar esta duda:

  1. Tipo de régimen fiscal: Si tributas en Estimación Directa, estás obligado a presentar el modelo. Si tributas en módulos, no lo estás.
  2. Nivel de ingresos: Si tienes ingresos derivados de actividades profesionales o empresariales, probablemente estarás obligado a hacerlo.
  3. Excepciones: Si tus ingresos no superan ciertos umbrales establecidos por la ley o si tienes deducciones que lo permiten, es posible que no tengas que presentar el modelo.

Si tienes dudas, lo mejor es consultar con un asesor fiscal que te indique si es necesario que presentes el modelo o no.

¿Qué requisitos deben cumplir los profesionales para no estar obligados a realizar los pagos fraccionados?

Existen ciertas circunstancias en las que los profesionales no están obligados a realizar los pagos fraccionados mediante el Modelo 130. Estas son algunas de las principales:

  1. Ingreso bajo un umbral: Si tus ingresos no superan los 1.000 euros en el trimestre por actividades profesionales, no estarás obligado a presentar el modelo.
  2. Actividades exentas de IRPF: Algunos tipos de actividades pueden estar exentas o tener beneficios fiscales que eviten la obligación de presentar el modelo.
  3. Declaración anual: Si tu única actividad económica es la de arrendar inmuebles, por ejemplo, podrías estar exento de hacer pagos trimestrales, ya que tributarías de forma distinta.

En cualquier caso, es crucial que revises tu situación específica con un experto fiscal para asegurarte de que cumples con todos los requisitos.

No te enfrentes solo al Modelo 130

Como has visto, el Modelo 130 es una obligación para muchos autónomos y empresarios que tributan en Estimación Directa. Presentar este modelo a tiempo y correctamente es esencial para evitar problemas con la Agencia Tributaria.

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Popo SegrePopo Segre
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