En el complejo mundo de los impuestos, la precisión es fundamental. Cada concepto, cada dato, tiene un significado específico que impacta en nuestras obligaciones fiscales. Hoy, nos centramos en un elemento crucial para la correcta cumplimentación del Modelo 600: la fecha de devengo. ¿Te has preguntado alguna vez cuándo nace la obligación de liquidar este impuesto y qué fecha debes consignar en el formulario? La respuesta se encuentra en la comprensión precisa del concepto de fecha de devengo.
¿Cuál es el modelo 600?
¿Que es el modelo 600?
El Modelo 600, también conocido como Autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD), es un formulario oficial utilizado para liquidar e ingresar este impuesto en determinados casos.
¿Qué es la fecha de devengo en el modelo 650?
Es importante no confundir la fecha de devengo del Modelo 600 con la del Modelo 650. En el Modelo 650, la fecha de devengo se refiere al momento en que se produce la transmisión de bienes o la constitución de derechos reales.
¿Qué es la fecha de devengo de un inmueble?
En el caso de la transmisión de un inmueble, la fecha de devengo del Modelo 600 coincide con la fecha de otorgamiento de la escritura pública que documenta la compraventa.
¿Cuándo se devenga el impuesto de actos jurídicos documentados?
El impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) se devenga en el momento en que se formaliza el acto o contrato que lo genera.
¿Qué valor se pone en el modelo 600?
En el Modelo 600, el valor que se debe consignar es el valor real de los bienes o derechos objeto de la transmisión o del acto jurídico documentado.
¿Cuánto tiempo tengo para liquidar el modelo 600?
El plazo para liquidar el Modelo 600 es de 20 días hábiles a contar desde la fecha de devengo.
¿Cuándo se rellena el modelo 600?
El Modelo 600 se debe rellenar en los siguientes casos:
- Transmisiones de bienes inmuebles: Compraventa de viviendas, locales comerciales, terrenos, etc.
- Constitución de derechos reales: Hipotecas, servidumbres de paso, usufructos, etc.
- Actos jurídicos documentados: Capitulaciones matrimoniales, poderes generales, disoluciones de sociedades, etc.
¿Qué pasa si no hago el modelo 600?
Si no se presenta el Modelo 600 dentro del plazo establecido, se pueden incurrir en sanciones administrativas.
¿Quién tiene que pagar el modelo 600?
La obligación de pagar el Modelo 600 recae sobre el sujeto pasivo del impuesto, que puede ser:
- El comprador de un bien inmueble.
- El beneficiario de un derecho real.
- Las partes que firman un acto jurídico documentado.
¿Cómo presentar el modelo 600?
El Modelo 600 se puede presentar de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria o de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
¿Cómo se paga el modelo 600?
El pago del Modelo 600 se puede realizar mediante ingreso en cuenta, tarjeta de débito o crédito o domiciliación bancaria.
¿Quién es el transmitente en el modelo 600?
El transmitente en el Modelo 600 es la persona física o jurídica que transmite el bien o derecho objeto de la transmisión o del acto jurídico documentado.
¿Quién tiene que presentar el modelo 600 en un préstamo entre particulares?
En un préstamo entre particulares, el Modelo 600 debe ser presentado por el prestatario (la persona que recibe el dinero).
En CANP Asesoría Fiscal, somos expertos en la liquidación del Modelo 600.
Te ofrecemos un asesoramiento personalizado para que puedas determinar correctamente la fecha de devengo, calcular el importe del impuesto y presentar el Modelo 600 sin errores.
Llámanos y contacta con nosotros. También puedes escribirnos por WhatsApp o a través de nuestro formulario y te ayudaremos a cumplir con tus obligaciones fiscales de forma sencilla y segura.
¡No te arriesgues a cometer errores y deja que CANP te guíe en el camino del cumplimiento