Si estás pensando en convertirte en autónomo societario, seguramente te preguntas cómo funciona este proceso y qué diferencias tiene respecto a ser un autónomo individual. A continuación, resolveremos todas tus dudas para que tengas claridad y puedas dar el paso con la confianza de contar con un buen asesoramiento fiscal.
¿Qué diferencia hay entre autónomo y autónomo societario?
La principal diferencia entre un autónomo y un autónomo societario es la estructura de su negocio. Un autónomo individual trabaja por cuenta propia sin formar parte de una sociedad, mientras que un autónomo societario es una persona que, además de ser trabajador, también es administrador o socio de una Sociedad Limitada (SL).
El autónomo societario tiene la responsabilidad de gestionar la empresa y representar legalmente a la sociedad. Esto implica más obligaciones fiscales y legales que un autónomo tradicional, por lo que el asesoramiento fiscal especializado es esencial.
¿Cuándo el administrador tiene que ser autónomo societario?
El administrador de una SL tiene que darse de alta como autónomo societario cuando posee más del 25% de las participaciones de la empresa o cuando tiene capacidad de control sobre la misma, independientemente de su porcentaje de participación. Esto incluye tanto a los administradores únicos como a los solidarios o mancomunados que ejercen el control de la sociedad.
Además, cualquier persona que realice labores de dirección y administración en una SL deberá estar inscrita como autónomo societario en la Seguridad Social para cumplir con sus obligaciones legales.
¿Cómo se hace este tipo de altas?
El proceso de alta es algo más complejo que el de un autónomo tradicional. En primer lugar, es necesario constituir una Sociedad Limitada. Esto implica redactar los estatutos, inscribir la sociedad en el Registro Mercantil y solicitar el NIF provisional.
Una vez constituida la sociedad, el administrador debe darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) como autónomo societario. Esto se hace a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, presentando la documentación que acredite la constitución de la sociedad y el nombramiento como administrador.
¿Cuánto tiene que pagar un autónomo societario y cuándo un socio de la SL tiene que ser autónomo?
Un autónomo societario debe pagar una cuota mensual a la Seguridad Social, que en 2024 tiene un mínimo de alrededor de 367 euros, aunque esta puede variar en función de la base de cotización elegida. Esta cuota suele ser más elevada que la de un autónomo individual, ya que el autónomo societario tiene una base mínima de cotización más alta.
En cuanto a los socios de una SL, solo deben darse de alta como autónomos si desempeñan funciones de gestión o administración dentro de la empresa, o si tienen más del 25% de las participaciones y ejercen control sobre la sociedad. Si simplemente aportan capital, no es necesario que se den de alta como autónomos.
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