Recibir un requerimiento de la Agencia Tributaria puede generar inquietud, especialmente si es la primera vez que te enfrentas a uno. Sin embargo, conocer bien qué es, cómo actuar y qué plazos tienes para responder puede marcar la diferencia entre una gestión correcta y una sanción innecesaria. En esta guía te explico todo lo que necesitas saber, paso a paso, con un enfoque práctico y actualizado según la normativa fiscal española.
Indice
Toggle¿Qué es un requerimiento de la AEAT?
Un requerimiento de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) es una notificación oficial mediante la cual Hacienda solicita al contribuyente información, documentos o aclaraciones relacionadas con sus obligaciones fiscales.
No implica necesariamente que exista una irregularidad o sanción inminente. En muchos casos, se trata simplemente de la necesidad de verificar datos, confirmar operaciones o completar un expediente administrativo. Los requerimientos pueden dirigirse a autónomos, empresas o particulares, y su cumplimiento es obligatorio.
¿Qué hacer cuando recibes un requerimiento?
Ante un requerimiento de Hacienda, es fundamental actuar con orden, sin nervios y con conocimiento. Estos son los pasos esenciales que debes seguir:
- Lee detenidamente el contenido del requerimiento. Comprueba qué se te solicita exactamente, a qué periodo fiscal se refiere y cuál es el motivo de la solicitud.
- Toma nota de las fechas clave. La notificación incluirá un plazo para responder, normalmente de 10 días hábiles desde su recepción.
- Identifica si puedes gestionarlo tú o necesitas ayuda profesional. Algunos requerimientos son sencillos, pero otros pueden implicar una revisión técnica de tu contabilidad o declaraciones anteriores.
- Reúne toda la documentación solicitada. Prepara con antelación los justificantes, facturas o contratos necesarios.
- Redacta una contestación clara y ordenada. Más adelante veremos cómo debe estructurarse.
Actuar rápido y con criterio reduce los riesgos de sanción y demuestra colaboración frente a la Administración.
¿Cómo responder un requerimiento de la AEAT paso a paso?
Responder correctamente es clave para cerrar el procedimiento sin incidencias. Estos son los pasos más adecuados para preparar una contestación efectiva:
- Identifica correctamente el requerimiento. Anota el número de expediente, la fecha de notificación y el órgano que lo emite.
- Elabora un escrito formal. Este debe contener:
- Tus datos personales (o los de tu empresa).
- Referencia del requerimiento.
- Exposición de los hechos o aclaraciones pertinentes.
- Relación numerada de la documentación adjunta.
- Organiza los documentos Envíalos en el orden en que te los solicitan y con claridad (formato PDF, legible, sin duplicados).
- Sé claro y preciso. Evita explicaciones ambiguas o extensas que puedan confundir. Si algo no aplica, indícalo con educación.
- Revisa todo antes de enviarlo. Un error en este punto puede generar nuevos requerimientos o incluso una propuesta de sanción.
¿Cómo presentar la respuesta al requerimiento?
Existen varias formas de presentar tu contestación. A continuación, te explico las más habituales y recomendadas por la AEAT:
- Sede Electrónica de la AEAT. Es el canal más común y ágil. Necesitarás certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico. Desde el apartado “Mis Expedientes” o “Notificaciones”, podrás subir tu respuesta junto con los documentos adjuntos.
- Presencialmente en registro. Puedes presentar tu contestación en una oficina de la AEAT o en cualquier registro administrativo habilitado. Es importante pedir cita previa y llevar copia sellada como justificante.
- Por correo administrativo. En casos concretos, puedes enviarla a través de correos con acuse de recibo, pero este método ha quedado obsoleto frente a la vía telemática, sobre todo si ya estás obligado a relacionarte electrónicamente con Hacienda.
Recuerda siempre conservar un justificante de entrega (registro telemático o copia sellada) como prueba documental.
¿Necesitas ayuda para responder un requerimiento?
Contestar un requerimiento puede parecer sencillo, pero en muchas ocasiones se cometen errores por desconocimiento o mala interpretación de lo solicitado. En CANP te ayudamos a responder con garantías, seguridad y sin margen de error.
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Preguntas frecuentes sobre los requerimientos de la AEAT
¿Cuánto tarda Hacienda en contestar?
La AEAT tiene un plazo de hasta 6 meses desde la recepción de tu respuesta para emitir una contestación o resolución. Si transcurrido ese tiempo no hay comunicación, puede considerarse que el expediente ha sido archivado, salvo que indiquen lo contrario.
¿Qué ocurre si no contestas a tiempo?
No responder dentro del plazo puede derivar en:
- Multas o recargos.
- Liquidaciones de oficio.
- Pérdida de derecho a alegaciones.
- Incluso inicio de inspección o expediente sancionador.
¿Cuándo prescribe un requerimiento?
El derecho de la AEAT a solicitar información prescribe a los cuatro años desde el final del plazo voluntario de presentación de la declaración correspondiente. No obstante, cada nueva actuación puede interrumpir ese plazo.
¿Cómo consultar la respuesta?
Puedes acceder a tu expediente completo y al estado del requerimiento desde la Sede Electrónica de la AEAT, usando certificado digital o Cl@ve PIN. También puedes consultar notificaciones pendientes o ya gestionadas.
¿Se puede pedir una prórroga para contestar?
Sí, pero solo en casos justificados y si se solicita antes de que finalice el plazo original. No siempre es concedida. La solicitud debe hacerse por escrito a través de la sede electrónica o en registro administrativo.
¿Qué pasa si envío documentos incompletos?
La AEAT puede emitir un nuevo requerimiento, iniciar comprobación o incluso proponer sanción si considera que la documentación fue insuficiente o incorrecta. Por eso es recomendable contar con asesoramiento profesional para evitar errores formales o de fondo.